Tarifa TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios

La Tarifa TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios se define en el Capítulo I , Artículo 2 del Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre.

 

¿Quién se puede acoger a la Tarifa TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios?

Las comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial, constituidas conforme los artículos 5 y 24 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de la propiedad horizontal, con un consumo anual superior a 50.000 kWh, así como a las empresas de servicios energéticos que les presten servicio, a acogerse a la nueva tarifa de último recurso de gas natural, siempre y cuando cumplan las condiciones y requisitos establecidos en este artículo.

Las empresas de servicios energéticos que se acojan a esta tarifa deberán trasladar de manera íntegra el ahorro obtenido en el coste de adquisición del gas natural al precio unitario aplicado por el servicio prestado de calefacción y agua caliente sanitaria.

 

¿Qué condiciones deben cumplir las comunidades para poder acogerse a esta Tarifa?

  • La comunidad deberá estar al corriente del pago de todas las obligaciones económicas contraídas con su actual comercializadora, excluyendo aquellas cantidades que estén sujetas a reclamación o discrepancia.
  • Las viviendas deberán disponer a 30 de septiembre de 2023 de contadores individuales de calefacción o repartidores de costes siempre que las instalaciones térmicas no se encuentren eximidas de esta obligación por inviabilidad técnica en los términos establecidos en el punto a) del anexo I del Real Decreto 736/2020, de 4 de agosto, por el que se regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios. Además, deberán aplicar un coste unitario calculado en base a la tarifa aplicada para el agua caliente sanitaria y de calefacción a partir del momento en que dispongan de dichos contadores individuales o repartidores de coste.
  • Deberán haber realizado en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo, conforme el artículo 31 del Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.

 

¿Puedo contratar la nueva tarifa en cualquier empresa comercializadora? ¿A quién se solicita?

La solicitud de la nueva tarifa de último recurso se deberá dirigir a la comercializadora de último recurso (CUR) conforme al siguiente orden:

  1. En primer lugar, se deberá dirigir a la CUR que pertenezca al grupo empresarial de la comercializadora que actualmente llevaba a cabo el suministro.
  2. En su defecto, a la CUR del grupo empresarial de la distribuidora propietaria de la red a la que están conectados.
  3. En último lugar a la CUR de mayor cuota de mercado de la comunidad autónoma en la que se ubique la comunidad de propietarios.

 

¿Quién puede realizar la solicitud?

  • El presidente de la comunidad.
  • Un representante de la misma autorizado para usar el certificado digital de la comunidad de propietarios.
  • Persona responsable de la empresa de servicios energéticos que preste servicios a la comunidad.

 

¿Qué documentación es necesaria para realizar la contratación?

  • Declaración responsable por parte del solicitante en la que certifique el cumplimiento de las condiciones del RDL, incluido la acreditación de estar al corriente de pago de todas obligaciones económicas contraídas con su actual comercializadora.
  • Informe de la inspección de eficiencia energética con resultado positivo.
  • Información relativa a la instalación de contadores individuales o repartidores de coste:
    • En caso de estar instalados deberá constar dentro de la declaración responsable por parte del solicitante.
    • En caso contrario, acuerdo de la Junta de propietarios en virtud de la cual se haya aprobado la instalación de los citados contadores o repartidores de costes antes del 30 de septiembre de 2023 o en su defecto informe de inviabilidad técnica de la instalación de los mismos.
    • En caso de que no se puedan instalar contadores por inviabilidad técnica, hay que aportar el informe expedido en los términos dispuestos en el artículo 4 del Real Decreto 736/2020, de 4 de agosto.
  • Autorización de la Dirección General de Política Energética y Minas (solo RL.9 o superiores).

 

¿Cuándo se realiza el cambio a la Tarifa TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios?

Los traspasos o cambios de las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios a las CUR se realizarán aplicando el procedimiento de estimación o medición de consumo y calendario establecidos en el artículo 46 del Real Decreto 1434/2022, de 27 de diciembre.

 

¿Qué precio tiene la nueva Tarifa TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios?

Las tarifas, antes de impuestos,  se publican en el BOE el miércoles 28 de diciembre de 2022 en Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se publica la tarifa de último recurso de gas natural.

 

Los precios de las tarifas TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de marzo de 2023.

 

Consumo BaseConsumo Extra
TarifaConsumo AnualTérmino fijoTérmino variable Término variable
TUR.RL4 50.000 y 300.00058,488,06524210,081553
TUR.RL5 300.000 y 1.500.000164,827,9696789,962098
TUR.RL6 1.500.000 y 5.000.0001.143,937,2749169,093645
TUR.RL7 5.000.000 y 15.000.0003.189,466,9390258,673781
TUR.RL8 15.000.000 y 50.000.0006.937,626,9126038,640754
TUR.RL9 50.000.000 y 150.000.00010.990,996,8943818,617977
TUR.RL10 150.000.000 y 500.000.00027.292,746,8865868,608233
TUR.RL11Superior a 500.000.000258.779,706,8572298,571536

Consumo Base: Aplicado al consumo menor o igual al promedio histórico

Consumo Extra : El consumo que, en un periodo de facturación, supere el consumo medio del mismo periodo de los últimos 5 años, pagará el término variable indicado más un 25% de recargo.

Termino Fijo: [€/Clientes/mes],   Termino Variable: [c€/kWh]

 

Los precios de las tarifas TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios del 1 de abril de 2023 hasta el 30 de Junio de 2023.

 

Consumo BaseConsumo Extra
TarifaConsumo AnualTérmino fijoTérmino variable Término variable
TUR.RL4 50.000 y 300.00058,54,1305495,163187
TUR.RL5 300.000 y 1.500.000163,974,0354835,044354
TUR.RL6 1.500.000 y 5.000.0001.138,013,3443384,180422
TUR.RL7 5.000.000 y 15.000.0003.172,963,0101953,762744
TUR.RL8 15.000.000 y 50.000.0006.901,812,9839113,729889
TUR.RL9 50.000.000 y 150.000.00010.934,572,9657843,70723
TUR.RL10 150.000.000 y 500.000.00027.152,792,9580293,697537
TUR.RL11Superior a 500.000.0003.172,963,0101953,762744

Consumo Base: Aplicado al consumo menor o igual al promedio histórico

Consumo Extra : El consumo que, en un periodo de facturación, supere el consumo medio del mismo periodo de los últimos 5 años, pagará el término variable indicado más un 25% de recargo.

Termino Fijo: [€/Clientes/mes],   Termino Variable: [c€/kWh]

 

Los precios de las tarifas TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios del 1 de julio de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2023.

Consumo BaseConsumo Extra
TarifaConsumo AnualTérmino fijoTérmino variable Término variable
TUR.RL4 50.000 y 300.00058,483,9707954,963494
TUR.RL5 300.000 y 1.500.000164,823,8752314,844039
TUR.RL6 1.500.000 y 5.000.0001.143,933,1804693,975587
TUR.RL7 5.000.000 y 15.000.0003.189,462,8445783,555723
TUR.RL8 15.000.000 y 50.000.0006.937,622,8181563,522696
TUR.RL9 50.000.000 y 150.000.00010.990,992,7999353,499918
TUR.RL10 150.000.000 y 500.000.00027.292,742,792143,490174
TUR.RL11Superior a 500.000.000258.779,702,7627823,453478

Consumo Base: Aplicado al consumo menor o igual al promedio histórico

Consumo Extra : El consumo que, en un periodo de facturación, supere el consumo medio del mismo periodo de los últimos 5 años, pagará el término variable indicado más un 25% de recargo.

Termino Fijo: [€/Clientes/mes],   Termino Variable: [c€/kWh]

 

Los precios de las tarifas TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios del 1 de octubre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

Consumo BaseConsumo Extra
TarifaConsumo AnualTérmino fijoTérmino variable Término variable
TUR.RL4 50.000 y 300.00042,74,5914635,739329
TUR.RL5 300.000 y 1.500.000160,394,4983415,622926
TUR.RL6 1.500.000 y 5.000.000924,33,8795374,849421
TUR.RL7 5.000.000 y 15.000.0002.845,163,4764124,345516
TUR.RL8 15.000.000 y 50.000.0004.721,483,453824,317275
TUR.RL9 50.000.000 y 150.000.0008.099,563,4326454,290807
TUR.RL10 150.000.000 y 500.000.00019.759,433,4240344,280042
TUR.RL11Superior a 500.000.000149.120,183,3941464,242683

Consumo Base: Aplicado al consumo menor o igual al promedio histórico

Consumo Extra : El consumo que, en un periodo de facturación, supere el consumo medio del mismo periodo de los últimos 5 años, pagará el término variable indicado más un 25% de recargo.

Termino Fijo: [€/Clientes/mes],   Termino Variable: [c€/kWh]

Aclaraciones de la tabla:

  • Unidades Consumo Anual: kWh/año
  • Unidades Término fijo : (€/cliente)/mes
  • Término variable: (cts/kWh)
  • CONSUMO BASE: Término variable aplicado al consumo menor o igual al promedio histórico: Únicamente se aplicará al consumo facturado que sea menor o igual a la media del mismo periodo de facturación durante los últimos cinco años o los años disponibles si tu historial de consumo fuera menor.
  • CONSUMO EXTRA : Término variable aplicado al consumo superior al promedio histórico: Al resto del consumo se le aplicará el término variable anterior incrementado en un 25%.

Las empresas distribuidoras comunicarán a las empresas comercializadoras, junto con la lectura correspondiente al periodo de facturación, el consumo medio del mismo periodo de facturación durante los últimos cinco años o los años disponibles si su historial de consumo fuera menor.

 

¿Qué pasaría si en septiembre de 2023 las comunidades no hubiesen instalado los repartidores de consumo?

A las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios que hubiesen solicitado la tarifa de último recurso y, no encontrándose en una situación de inviabilidad técnica debidamente acreditada, no hubiesen remitido a la CUR, antes del 1 de octubre de 2023, certificado de instalación por parte del instalador de los contadores  individuales de calefacción/repartidores de coste, se le aplicará un incremento en un 25%, a todo su consumo y desde el momento en que la CUR comenzó a suministrar a la comunidad de propietarios.

 

 

¿Cómo se va a financiar la tarifa TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios?

Para financiar el déficit, se aprueba un crédito extraordinario por importe de 3.000 millones euros en el presupuesto de la sección 23 «Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico», servicio 03 «Secretaria de Estado de Energía», programa 000 X, concepto 736 «A la CNMC para financiar la nueva tarifa de último recurso de gas natural aplicable temporalmente.

 

Resumen de la Tarifa TUR Gas Natural para Comunidades de Propietarios

  • Medida de carácter temporal, solo estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2023. No sé aplicará ni a gasoil ni pellets, solo a las comunidades de propietarios con caldera central de Gas Natural.
  • El precio del gas varía cada tres meses como en el resto de las modalidades, de las tarifas TUR de Gas Natural.
  • La comunidad debe estar al corriente de todos los pagos con su actual comercializadora.
  • Es obligatorio presentar el Informe de la inspección de eficiencia energética con resultado positivo.
  • El consumo que, en un periodo de facturación, supere el consumo medio del mismo periodo de los últimos 5 años, pagará el término variable indicado más un 25% de recargo.
  • Si no se envía a la CUR el Certificado de instalación de contadores individuales de calefacción/repartidores de costes, antes del 1 de octubre de 2023, se aplicará una penalización del +25% a todo su consumo y desde el momento en que la CUR inició el contrato de suministro.
  • Penalización del +5% por rescindir el contrato con la comercializadora actual.

 

Consejos para ahorrar en la factura de electricidad y gas natural:

  1. Pagar el precio de la luz más barato.
  2. Pagar el precio del Gas Natural más barato.
  3. Contratar la potencia óptima.
  4. Calcula tu proyecto de Autoconsumo
  5. Autoconsumo compartido en comunidades de propietarios
  6. Contratar contrato eventual para suministros de temporada.
  7. Instalar un contador con telemedida para poder saber cuando se consume la electricidad