Tarifa 3.0TD

El 15 de enero de 2020 se publica la Circular 3/2020 de la de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, dónde se definen la estructura del peaje para la Tarifa 3.0TD.

 

Desde el día 1 de junio de 2021 entró en vigor la tarifa 3.0TD.

 

La Tarifa 3.0TD reemplaza a la Tarifa 3.0A, y uno de los principales cambio es que pasa a tener 6 períodos en potencia y 6 periodos en energía.

 

Las características de la Tarifa 3.0TD son:

  • Esta Tarifa consta de seis términos de potencia contratada y seis términos de energía.
  • La tensión de suministros es inferior a 1 kV.
  • La potencia contratada es superior a 15 kW en alguno de los seis periodos horarios.
  • Las potencias contratadas en los diferentes periodos serán tales que la potencia contratada en un periodo Pn+1 sea siempre mayor o igual que la potencia contratada en el periodo anterior Pn.

 

Horarios de la Tarifa 3.0TD en Zona Península

La Tarifa 3.0TD tiene una discriminación horaria de seis periodos horarios ( P1 a P6) en función de la temporada, el día de la semana y la hora del día, tanto en potencia como en energía.

Las temporadas para la península son:

  • Temporada alta: enero, febrero, julio y diciembre
  • Temporada media alta: marzo y noviembre
  • Temporada media: junio, agosto y septiembre
  • Temporada baja: abril, mayo y octubre

 

Los tipos de días se clasifican de la siguiente forma:

  • Tipo A: de lunes a viernes no festivos de temporada alta.
  • Tipo B: de lunes a viernes no festivos de temporada media alta.
  • Tipo B1: de lunes a viernes no festivos de temporada media.
  • Tipo C: de lunes a viernes no festivos de temporada baja.
  • Tipo D: sábados, domingos, festivos y 6 de enero  y festivos nacionales no sustituibles, generalmente 01/01, 01/05, 15/08, 12/10, 01/11, 06/12, 08/12 y 25/12.

En los siguientes relojes se muestran los periodos horarios a aplicar en función del Tipo de día.

Horario Tarifa 3.0TD

 

En la siguiente tabla se muestra un resumen anual, para saber a cada hora de cada día del mes que periodo de P1a P6 se aplica.

 

Resumen anual Horario Tarifa 3.0TD

 

Peajes de transporte, distribución aplicados a partir del 1 de Enero de 2023 para la Tarifa 3.0TD.

En la siguiente tabla se muestran los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución para el término de potencia contratada definidos en la Resolución de 15 de diciembre de 2022 aplicados a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

TARIFAPERIODO P1PERIODO P2PERIODO P3PERIODO P4PERIODO P5PERIODO P6
2.0TD22,393141,150425
3.0TD10,26729210,0398432,6512712,3031991,3819331,381933
6.1TD19,10865817,9111518,9251987,1582780,5061990,506199
6.2TD13,56168513,5267885,4208224,0948810,3742030,374203
6.3TD9,8802039,4712284,796923,5920080,4870550,487055
6.4TD8,4430777,279113,5907192,7513260,3497320,349732

Peajes de transporte, distribución del Término de la Potencia Contratada [€/KW/Año]

 

En la siguiente tabla se muestran los incrementos que han tenido los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución para el término de potencia contratada a partir del 1 de enero de 2023, respecto a los valores del año 2022.

 

TARIFAPERIODO P1PERIODO P2PERIODO P3PERIODO P4PERIODO P5PERIODO P6
2.0TD-2,6%22,5%
3.0TD-2,2%9,7%-28,1%-17,8%23,1%23,1%
6.1TD4,3%-2,2%-10,6%-5,4%0,7%0,7%
6.2TD-0,2%-0,5%-18,5%-32,3%-10,6%-10,6%
6.3TD-1,4%-5,5%-13,5%10,8%-23,7%-23,7%
6.4TD-18,1%-7,8%-5,4%-1,6%-33,8%-33,8%

Incremento de los Peajes de transporte, distribución del Término de la Potencia Contratada [€/KW/Año]

 

En la siguiente tabla se muestra los peajes de transporte y distribución para el término de energía en €/KWh, aplicados a partir del 1 de Enero de 2023.

 

TARIFAPERIODO P1PERIODO P2PERIODO P3PERIODO P4PERIODO P5PERIODO P6
2.0TD0,0290980,0197940,00098
3.0TD0,0194660,0156850,0063820,0046450,0004120,000412
6.1TD0,0180360,0143540,0059650,0043930,0003620,000362
6.2TD0,0107190,0087070,0034270,0023490,0001720,000172
6.3TD0,0089570,0070520,0029940,0020550,0001970,000197
6.4TD0,0086250,0067380,0029880,0019480,0001530,000153

Peajes de transporte y distribución del Término de energía [€/kWh]

 

(NOTA: Estos precios no son el precio final que paga el cliente, son los peajes de transporte y distribución)

Para solicitar oferta de precios a medida, enviar un mail a : info@energigreen.com o visite la web de ofertas de electricidad.

 

En la siguiente tabla se muestra el incremento de los peajes de transporte y distribución para el término de energía en €/KWh, aplicados a partir del 1 de Enero de 2023, respecto a los valores del año 2022.

 

TARIFAPERIODO P1PERIODO P2PERIODO P3PERIODO P4PERIODO P5PERIODO P6
2.0TD4,7%3,4%
3.0TD9,7%7,7%-19,8%-13,4%28,3%28,3%
6.1TD3,9%0,8%-26,6%-19,1%14,9%14,9%
6.2TD16,9%15,6%-18,9%-20,5%-1,1%-1,1%
6.3TD15,2%8,2%-23,6%9,3%-16,2%-16,2%
6.4TD22,4%17,3%-2,4%-19,9%-1,9%-1,9%

Incremento de los Peajes de transporte y distribución del Término de energía [€/kWh]

 

(NOTA: Estos precios no son el precio final que paga el cliente, son los peajes de transporte y distribución)

Para solicitar oferta de precios a medida, enviar un mail a : info@energigreen.com o visite la web de ofertas de electricidad.

CONCLUSIÓN

  • Los peajes del término de potencia contratada han bajado en promedio un -6,7 % a partir del 1 de enero de 2023, respecto a las Tarifas del año 2022.
  • Los peajes del término de energía han incrementado en promedio un 1,8 % a partir del 1 de enero de 2023, respecto a las Tarifas del año 2022.

 

Cargos del sistema eléctrico aplicados a partir del 1 de Enero de 2023 para la Tarifa 3.0TD.

En la siguiente tabla se muestran los cargos para el término de potencia contratada definidos en la Orden TED/1312/2022, de 23 de diciembre aplicados a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

TARIFAPERIODO P1PERIODO P2PERIODO P3PERIODO P4PERIODO P5PERIODO P6
2.0TD2,9899150,192288
3.0TD3,7152171,8592311,3507741,3507741,3507740,619203
6.1TD3,8565571,9300271,4023841,4023841,4023840,642759
6.2TD2,2647021,1335570,8235280,8235280,8235280,37745
6.3TD1,8133040,9074250,6592810,6592810,6592810,302217
6.4TD0,8870080,4438740,3225480,3225480,3225480,147835

Cargos del Término de la Potencia Contratada [€/KW/Año]

 

En la siguiente tabla se muestran los cargos para el término de energía definidos en la Orden TED/1312/2022, de 23 de diciembre aplicados a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

TARIFAPERIODO P1PERIODO P2PERIODO P3PERIODO P4PERIODO P5PERIODO P6
2.0TD0,0438930,0087790,002195
3.0TD0,0244690,0181180,0097880,0048940,0031370,001958
6.1TD0,0133050,0098560,0053220,0026610,0017060,001064
6.2TD0,0062430,0046240,0024970,0012490,00080,000499
6.3TD0,0051170,0037910,0020470,0010230,0006560,000409
6.4TD0,0019440,001440,0007780,0003890,0002490,000156

Cargos del Término de Término de energía [€/kWh]

 

Facturación Excesos de Potencia o Potencia demandada en la Tarifa 3.0TD

La facturación de los excesos de potencia en la Tarifa 3.0TD, se definen en función del tipo de punto de medida o contador que tengan instalado.

 

Puntos de medida tipo 4 (potencia contratada 15 < P ≤ 50kW)

En los puntos de medida tipo 4 (potencia contratada 15 < P ≤ 50kW) el control de la potencia demandada se realizará mediante la instalación de los correspondientes aparatos de medida que registrarán la potencia cuarto horaria máxima demandada en cada período tarifario

En el caso de que la potencia demandada sobrepase en cualquier período horario el 105 por 100 de la potencia contratada en el mismo, se procederá, además, a la facturación los excesos registrados en cada período,
de acuerdo con lo siguiente:

Horario Tarifa 3.0TD

Donde:

  • FEP: Facturación en concepto de excesos de potencia.
  • tp: Término de exceso de potencia, expresado en €/kW y día, del peaje correspondiente.
  • Pdj: Potencia demandada en cada uno de los períodos horario p en que se haya sobrepasado Pcp, expresada en kW.
  • Pcp: Potencia contratada en el período horario p, expresada en kW.
  • i: Número de periodos horarios de los que consta el término de facturación de potencia del peaje correspondiente

 

Los precios del término del exceso de potencia (tp) (€/KW y día) definidos en la Resolución de 15 de diciembre de 2022 aplicados a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.

 

TarifaPrecio del exceso de Potencia Tep [€/kW y día]
2.0TD0,104128
3.0TD0,112598
6.1TD0,120514
6.2TD0,110853
6.3TD0,101274
6.4TD0,096793

Término exceso de potencia (tp) (€/KW y día) aplicados a partir del 1 de enero de 2023

 

En la nueva tarifa 3.0TD desaparece el factor 85% y como mínimo siempre se factura el valor de la potencia contratada.


NOTA:

En las tarifas 3.0A y 3.1A se facturaba el 85% de la potencia contratada en caso que la potencia demandada era inferior al 85% de la potencia contratada.

 

Puntos de Media tipo 1, 2 y 3 (potencia contratada > 50kW)

En los puntos de medida tipos 1, 2 y 3 (potencia contratada > 50kW) el control de la potencia demandada se realizará por medio de las mediciones cuarto horarias de los equipos de medida.

Se calcula del mismo modo como se calculan en la actualidad los excesos de potencia en suministros con tarifas de acceso 6.X, es decir, se penalizará el exceso de potencia en cada cuarto de hora.

La Circular, así mismo, define cómo se establecerá el término del exceso de potencia del peaje, buscando desincentivar la contratación de potencias inferiores a las realmente demandadas.

Asimismo en el caso de que el equipo de medida no disponga de capacidad de registro cuartohoraria, se considerará la misma potencia demandada en todos los cuartos de hora, incrementado la penalización para los equipos que no registren las cuartohorarias, en estos casos se recomienda instalar un punto de medida con la telemedida activada.

La fórmula para el cálculo de la facturación por excesos de potencia es:

Facturación Excesos potencia equipos de medida Tipo 1, 2 y 3

 

Donde:

  • FEP: Facturación en concepto de excesos de potencia.
  • Kp: Relación de precios por periodo horario p, calculada como el cociente entre el término de potencia del periodo p respecto del término de potencia del periodo 1 del peaje correspondiente.
  • tep: Término de exceso de potencia, expresado en €/kW, del peaje correspondiente.
    El término del exceso de potencia, se determinará de forma que, dado el perfil del consumidor medio de cada peaje, la facturación de acceso que resulte de la optimización de las potencias sea equivalente a la facturación de acceso que resultaría de considerarlas potencias contratadas máximas de cada periodo, con la restricción de que la facturación de acceso que resulta para el periodo 1 tras la optimización nunca sea negativa. El término resultante se incrementará en un 20 % al objeto de desincentivar la contratación de potencias inferiores a las realmente demandadas.
  • Pdj: Potencia demandada en cada uno de los cuartos de hora j del período horario p en que se haya sobrepasado Pcp, expresada en kW. En el caso de que el equipo de medida no disponga de capacidad de registro cuartohoraria, se considerará la misma potencia demandada en todos los cuartos de hora.
  • Pcp: Potencia contratada en el período horario p, expresada en kW.
  • i: Número de periodos horarios de los que consta el término de facturación de potencia del peaje correspondiente.

Los precios del término del exceso de potencia (tep) (€/KW) definidos en la Resolución de 15 de diciembre de 2022 aplicados a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023. son:

 

TarifaPrecio del exceso de Potencia Tep [€/kW]
2.0TD3,167236
3.0TD3,424853
6.1TD3,665629
6.2TD3,371776
6.3TD3,080419
6.4TD2,94412

Término exceso de potencia (tep) (€/KW)

 

Los valores del coeficiente Kp (adimensional), definidos en la Resolución de 15 de diciembre de 2022 aplicados a partir del 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023.:

 

Periodo / Tarifa2.0 TD3.0 TD6.1 TD6.2 TD6.3 TD6.4 TD
P1111111
P20,0513740,9778470,9373320,9974270,9586070,862139
P30,2582250,4670760,3997160,4855080,425286
P40,2243240,3746090,3019450,3635560,325868
P50,1345960,0264910,0275930,0492960,041422
P60,1345960,0264910,0275930,0492960,041422

Coeficiente Kp (adimensional)

 

Si analizamos el producto del Tep ( Termino de excesos de potencia) multiplicado por el coeficiente Kp , y lo comparamos con los valores aplicados en el año 2022 versus los valores del año 2023, obtenemos la siguiente tabla con el incremento de los exceso de potencia multiplicado por el Kp aplicados a partir del 1 de enero de 2023.

 

Periodo / Tarifa2.0 TD3.0 TD6.1 TD6.2 TD6.3 TD6.4 TD
P132,04%38,73%46,59%34,28%35,79%31,15%
P266,10%55,54%37,40%33,93%30,17%47,73%
P31,92%25,58%9,73%19,19%51,50%
P416,52%32,97%-8,89%52,65%57,69%
P574,51%41,57%20,36%5,12%6,10%
P674,51%41,57%20,36%5,12%6,10%

Incremento de Tep x Kp a partir del 1 de enero de 2023

 

CONCLUSIÓN

  • El incremento del Tep ( Termino de excesos de potencia) multiplicado por el coeficiente Kp aplicados a partir del 1 de enero de 2023, hay un incremento promedio del 32,61%
  • El hecho que los peajes del termino de potencia contratada han bajado un 6,7% de promedio y el termino de los excesos de potencia ha incrementado en promedio un 32,61%, nos indica que es muy importante optimizar las potencias contratadas para minimizar el importe que se paga por la penalización de los excesos de potencia.

 

Facturación de Energía Reactiva

En la Tarifa 3.0TD, la facturación por energía reactiva se aplicará sobre todos los períodos horarios, excepto en el período 6, siempre que el consumo de energía reactiva exceda el 33 por 100 del consumo de activa
durante el período de facturación considerado y únicamente afectará a dichos excesos.

En resumen, se facturará la energía reactiva en los periodos de P1 a P5, siempre que el cos φ sea inferior a 0,95.

Determinación de cos φ

El factor de potencia o cos φ viene definido por la relación existente entre la energía activa (Ea) y la energía reactiva (Er) en cada uno de los periodos horarios y se calcula conforme a la siguiente fórmula:

Energía Reactiva Capacitiva

Donde:

  • Ea: Cantidad registrada por el contador de energía activa, expresada en kWh.
  • Er: Cantidad registrada por el contador de energía reactiva, expresada en kVArh.
    Para el cálculo de la energía reactiva (E
    r) los equipos de medida registran la energía reactiva de los cuadrantes I (QR1) y IV (QR4) por cada período horario. La energía reactiva será el saldo neto obtenido como diferencia entre las energías reactivas de los cuadrantes QR1 y QR4. Si la diferencia es positiva, el factor de potencia es inductivo. En caso de resultar negativa, el factor de potencia es capacitivo.
    Los valores de esta fórmula se determinarán con dos cifras decimales y el redondeo se hará por defecto o por exceso, según que la tercera cifra decimal despreciada sea o no menor que 5.

 

PeriodosCos Fi€/kVArh
Periodos 1 a 5 0,80 ≤ cos Fi < 0,950,041554
Periodos 1 a 5cos Fi < 0,800,062332

Precios de los términos de energía reactiva inductiva

 

Periodoscos φ€/kVArh
P6cos φ < 0,980,000000

Precios de los términos de energía reactiva capacitiva

 

Para más información puede consultar las páginas del BOE o CNMC.

 

Consejos para ahorrar en la factura de electricidad y gas natural:

  1. Pagar el precio de la luz más barato.
  2. Pagar el precio del Gas Natural más barato.
  3. Contratar la potencia óptima.
  4. Calcula tu proyecto de Autoconsumo
  5. Autoconsumo compartido en comunidades de propietarios
  6. Contratar contrato eventual para suministros de temporada.
  7. Instalar un contador con telemedida para poder saber cuando se consume la electricidad

 

Ofertas Electricidad Tarifa 3.0TD