Documentación Cambio de Comercializadora

La documentación que nos tienen que enviar los clientes para poder gestionar el cambio de comercializadora de un contrato de electricidad o gas natural es:

  • DNI (escaneado 2 caras, responsable firma contrato, en formato PDF).
  • Recibo de Autónomo (En caso de ser autónomo, necesitamos el último recibo, en formato PDF).
  • Correo electrónico (recepción facturas, contratos).
  • Teléfono móvil (para la firma digital del contrato, se envía un SMS).
  • Factura Electricidad / Gas Natural (fecha emisión inferior a tres meses).
  • IBAN (Domiciliar facturas).
  • CIF (escaneado) (para entes jurídicos).
  • ACTA (Para comunidades de propietarios, que figure la persona que firma: Presidente o Administrador)

 

Documentación Alta Punto de Suministro de Electricidad (CUPS)

En este apartado les explicamos la documentación que tiene que aportar el cliente para poder tramitar una Alta de CUPS nueva, esto indica que nunca ha habido luz en el punto de suministro.

  • Tiene que aportar la misma documentación que para un cambio de comercializadora, detallada en el apartado anterior.
  • CIE (Firmado y sellado por el Organismo Oficial). La emisión del CIE la tiene que realizar el cliente con su instalador de confianza.
  • Potencia a contratar (el cliente tiene que informar del valor a contratar, tiene que ser inferior o igual a la potencia máxima autorizada por el CIE).
  • Referencia Catastral ( se precisa para las gestiones con la distribuidora).
  • Foto: del cuadro eléctrico dónde se instalará el contador.

En la Zona de Cataluña hay que aportar también:

  • RITSIC (Registro de Instalaciones Técnicas de Seguridad Industrial de Cataluña)
    • A partir del 13 de septiembre de 2.021 , para contratar el suministro eléctrico con la empresa distribuidora será necesario presentar, junto con el CIE, el certificado de inscripción al RITSIC.
    • Este documento es requerido en Catalunya, y se solicita cuando hay que realizar una Alta Nuevo o un Incremento de la potencia contratada cuando haya que realizar un CIE.
    • Si el incremento de la potencia contratada se tramita con el BRIE, NO se requiere el RITSIC.

 

Derechos a pagar para el Alta Punto de Suministro de Electricidad (CUPS) en Baja Tensión

El importe correspondiente a los Derechos de Acometida, según el RD 222/2008, son facturados a la empresa comercializadora:

  • Derechos de extensión: 17,374714 €/kW (+IVA)
  • Derechos de acceso: 19,703137 €/kW (+IVA)
  • Derechos de enganche: 9,04476 €/actuación (+IVA)

Ejemplo: Un incremento de 15 KW, tiene un coste de 565,22 € (+IVA)

NOTA: El importe de los derechos hay que abonarlos por anticipado a la empresa comercializadora.

 

Consejos para ahorrar en la factura de electricidad y gas natural:

  1. Pagar el precio de la luz más barato.
  2. Pagar el precio del Gas Natural más barato.
  3. Contratar la potencia óptima.
  4. Instalar autoconsumo.
  5. Contratar contrato eventual para suministros de temporada.